quién debe aprobar internamente nuestras respuestas antes de enviarlas
La aprobación interna no es una obligación derivada del cuestionario, sino de tu propio riesgo
Ninguno de los orígenes normativos detrás de estos cuestionarios — el módulo PYME, la Directiva CSRD, ISO/IEC 27001 o el artículo 21 de la Directiva NIS2 — establece quién dentro de tu organización debe firmar antes de que una respuesta salga. Es una decisión de tu propia organización, no un requisito del cliente o del legislador. Lo que sí establecen las fuentes es el contenido: qué hechos deben ser correctos, qué documento probatorio corresponde, y en qué nivel (organización o establecimiento) se aplica una respuesta.
En la práctica, esto significa: cuanto más sensible sea la respuesta, más tiene sentido una segunda revisión. Una respuesta sobre el domicilio de la empresa es fáctica y cambia raramente — la aprobación es principalmente una cuestión de mantenerla actualizada. Una respuesta sobre el estado de el certificado ISO 9001 o sobre las diez medidas del artículo 21, apartado 2, NIS2 a menudo afecta a alguien que es responsable de ello en términos de contenido — calidad, seguridad informática, cumplimiento normativo. Por eso en nuestra plataforma confirmas cada respuesta con sí o no antes de que se envíe; quién da esa confirmación lo decides tú mismo, según el tema.
Por qué esto corresponde a tu organización, no a nosotros o al cliente
Reconocemos preguntas, completamos respuestas del expediente de la cadena y te dejamos confirmar cada respuesta — después tú mismo las envías al portal de tu cliente. Quién puede dar esa confirmación internamente no aparece en ninguno de los orígenes normativos: ni en la Ley de Registro Mercantil, ni en el módulo PYME, ni en la Directiva CSRD o la Directiva NIS2. Esto significa que una regla de aprobación interna — por ejemplo: respuestas financieras por el controller, respuestas técnicas por TI — es un acuerdo que estableces tú mismo, independientemente de lo que un cliente pregunta en su portal.
En qué se basa esto
- Ley de Registro Mercantil de 2007 — los datos constan de cada empresa
- EFRAG PYME — la norma voluntaria para pymes no cotizadas, módulo básico
- Directiva (UE) 2022/2464 (CSRD)
- ISO/IEC 27001 — Anexo A, las medidas de control
- Directiva (UE) 2022/2555 (NIS2), artículo 21, apartado 2 — las diez medidas
La norma misma está en EUR-Lex. Nosotros remitimos por cada aseveración; usted no tiene que creer lo que decimos.
Qué debe hacer concretamente
El desarrollo de cada obligación, con los plazos que corresponden y las plantillas para documentarlo, está incluido en la suscripción.
Consulte la suscripción Primero el análisis rápido gratuitoEsto no es asesoramiento jurídico. Esta página proporciona información general sobre la normativa que cubre esta plataforma. No conocemos su situación. Si tiene dudas sobre su caso específico, consulte con un abogado o la autoridad de supervisión competente.
Escrito con IA basándose en las fuentes anteriores, revisado por una persona el 2026-09-05. ¿Hay algo que no sea correcto? Avísenos — las correcciones tienen prioridad.