¿puedo hacer que un colega revise la lista de preguntas primero
Dejar que un colega le eche un vistazo suele no ser un problema
Sí, normalmente es posible dejar que un colega revise un cuestionario sin consecuencias para el contenido. Se trata de una decisión organizativa interna, no de un obstáculo legal: quien lo revise internamente no cambia nada de lo que se cumplimente o se presente. La responsabilidad de las respuestas sigue siendo de la empresa, independientemente de cuántos colegas lo revisen. Lo importante es sobre todo CUÁLES son las respuestas que dejas revisar: las preguntas técnicas sobre seguridad de la información deben ser revisadas por un colega diferente al que revisa las preguntas sobre la facturación anual o número de empleados.
En la práctica, lo que importa es si el colega debe tener acceso a todo el dossier de la cadena o solo al cuestionario específico. En un cuestionario con preguntas técnicas de seguridad —por ejemplo, sobre las medidas de control del Anexo A de ISO/IEC 27001, o sobre las diez medidas del artículo 21 apartado 2 de la Directiva NIS2— es lógico que revise un colega de TI o de cumplimiento normativo. En una lista de sostenibilidad según el módulo básico de la VSME de EFRAG es más probable que la revise alguien que gestione los datos de CO2 o de personal. El sistema en sí no evalúa ni aconseja nada; solo muestra qué respuesta procede del dossier y con qué prueba se respalda, para que un colega pueda verificarlo antes de que se confirme.
De dónde viene esto: quién introduce los datos, no quién los revisa
No existe ninguna norma legal que prescriba quién puede ver un cuestionario antes de que se presente. La Ley del Registro Mercantil de 2007 y la Directiva CSRD (Directiva (UE) 2022/2464) determinan QUÉ datos debe registrar y comunicar una empresa, no quién dentro de la empresa puede controlar esos datos. Esa es una cuestión interna. Sí es relevante lo siguiente: si el cuestionario contiene información sensible, por ejemplo sobre la denominación social o procesos empresariales internos, se puede usar el botón de confidencialidad para determinar quién exactamente lo revisa.
En qué se basa esto
- Ley de Registro Mercantil de 2007 — los datos constan de cada empresa
- EFRAG PYME — la norma voluntaria para pymes no cotizadas, módulo básico
- Directiva (UE) 2022/2464 (CSRD)
- ISO/IEC 27001 — Anexo A, las medidas de control
- Directiva (UE) 2022/2555 (NIS2), artículo 21, apartado 2 — las diez medidas
La norma misma está en EUR-Lex. Nosotros remitimos por cada aseveración; usted no tiene que creer lo que decimos.
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Escrito con IA basándose en las fuentes anteriores, revisado por una persona el 2026-09-05. ¿Hay algo que no sea correcto? Avísenos — las correcciones tienen prioridad.