ya hemos presentado pero la respuesta ha cambiado en el ínterin, ¿qué hacemos ahora?
La respuesta presentada se mantiene, solo cambia la fuente en el dossier
Una respuesta que ya ha sido enviada al cliente no cambia automáticamente. El portal del cliente ha recibido la versión que era válida en el momento de la presentación. Lo que ahora actualices en el dossier de la cadena —por ejemplo, un nuevo número de empleados después de una fusión, o un certificado ISO que acaba de vencer— solo tiene efecto en futuras listas, no en la lista que ya ha sido presentada y confirmada.
Que eso sea un problema depende de qué haya cambiado y de cómo el cliente gestione las modificaciones. Para datos básicos factuales que reaparecen con frecuencia, como el número de empleados o los países en los que la empresa tiene establecimientos, algunos clientes solicitan una corrección en cuanto algo difiere significativamente de lo declarado. Para un certificado que ha vencido o acaba de renovarse, como ISO 9001, la situación es más delicada: la fecha de validez podría haber sido correcta en el momento de la presentación, y solo se recomprobará en la siguiente ronda. Esta es una cuestión de acuerdo entre el empresario y su cliente, no algo que el sistema resuelva automáticamente.
Ninguna fuente que corrija retroactivamente la respuesta presentada
No existe una norma legal o técnica que corrija automáticamente una respuesta ya presentada. La Ley del Registro Mercantil de 2007 sí obliga a mantener actualizados los datos básicos en el propio registro mercantil, pero ese es un registro diferente al portal de un cliente individual —un cambio allí no se refleja automáticamente en una lista de preguntas ya respondida. Lo mismo ocurre con marcos de información voluntaria como el estándar EFRAG VSME: describe lo que debe contener una respuesta en el momento de la presentación de informes, no qué debe ocurrir si la situación cambia después. Quien quiera saber si es necesaria o posible una corrección posterior, no encontrará la respuesta en una norma, sino en los acuerdos propios con ese cliente o en las condiciones del portal donde se presentó.
En qué se basa esto
- Ley de Registro Mercantil de 2007 — los datos constan de cada empresa
- EFRAG PYME — la norma voluntaria para pymes no cotizadas, módulo básico
- Directiva (UE) 2022/2464 (CSRD)
- ISO/IEC 27001 — Anexo A, las medidas de control
- Directiva (UE) 2022/2555 (NIS2), artículo 21, apartado 2 — las diez medidas
La norma misma está en EUR-Lex. Nosotros remitimos por cada aseveración; usted no tiene que creer lo que decimos.
Qué debe hacer concretamente
El desarrollo de cada obligación, con los plazos que corresponden y las plantillas para documentarlo, está incluido en la suscripción.
Consulte la suscripción Primero el análisis rápido gratuitoEsto no es asesoramiento jurídico. Esta página proporciona información general sobre la normativa que cubre esta plataforma. No conocemos su situación. Si tiene dudas sobre su caso específico, consulte con un abogado o la autoridad de supervisión competente.
Escrito con IA basándose en las fuentes anteriores, revisado por una persona el 2026-09-05. ¿Hay algo que no sea correcto? Avísenos — las correcciones tienen prioridad.