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debo proporcionar un organigrama al abrir una cuenta

Un organigrama no es un documento obligatorio en ningún lugar

Generalmente sí, en la práctica el banco lo proporciona de todas formas — pero no porque una ley lo exija. Al abrir una cuenta empresarial, el banco realiza un conocimiento del cliente: quiere saber quién dirige la empresa, quién es el propietario y quiénes son los UBO (beneficiarios finales, las personas naturales detrás de la empresa). Un organigrama es la forma más práctica de visualizarlo, pero no es un documento legalmente requerido. Lo que sí está establecido son los datos del Registro Mercantil: administradores, estructura de accionistas en determinadas formas jurídicas, establecimientos. Esos datos cubren una gran parte de lo que el banco quiere ver con un organigrama.

Si no tienes un organigrama separado, a menudo puedes conformarte con un extracto del Registro Mercantil más una breve explicación textual de la estructura — especialmente en el caso de una sociedad limitada simple sin sociedades holding intermedias. En el caso de un grupo con múltiples entidades, establecimientos extranjeros o una estructura de holding, el banco a menudo quiere ver un esquema de todas formas, porque el extracto no aclara de un vistazo quién es propietario de qué. Esto se alinea con preguntas que aparecen con más frecuencia en este tipo de procesos de onboarding, como en qué países tiene establecimientos la empresa y bajo qué número de registro está inscrita la empresa — ambos son componentes que en un organigrama se resumen en un solo diagrama.

De dónde proceden los datos subyacentes

La base es la Ley del Registro Mercantil de 2007: regula qué datos de una empresa están registrados, incluidos los administradores y, para determinadas formas jurídicas, la estructura de accionistas. Un organigrama en sí no aparece en esa ley — es una herramienta que utilizan los bancos en su propio proceso de conocimiento del cliente, no un anexo legalmente prescrito. Por lo tanto, para la pregunta de si debes presentar un organigrama, lo más relevante es lo que el banco solicita en su propio proceso de onboarding, no una norma externa.

Qué debe hacer concretamente

El desarrollo de cada obligación, con los plazos que corresponden y las plantillas para documentarlo, está incluido en la suscripción.

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Escrito con IA basándose en las fuentes anteriores, revisado por una persona el 2026-09-05. ¿Hay algo que no sea correcto? Avísenos — las correcciones tienen prioridad.